Abstract: Bajo la estructura dogmática de un enjuiciamiento penal acusatorio, el juez de conocimiento no puede controlar materialmente los preacuerdos y así lo recoge el ordenamiento adjetivo penal en su artículo 351 inciso 4º, pero la interpretación de éste inciso por parte de la corte constitucional y la corte suprema de justicia ha sido distinto, para la primera, el preacuerdo si tiene control material por parte del juez de conocimiento y para la segunda, aun cuando tiene varias líneas del pensamiento al respecto, su corriente mayoritaria profesa que el juez de conocimiento no puede controlar materialmente los preacuerdos; así las cosas, del estudio dogmático del instituto de los preacuerdos y el análisis jurisprudencial de ambas cortes, se llega a la conclusión que el control a los preacuerdos debe ser formal y excepcionalmente material o sustancial, únicamente para evitar que con el mismo se atente gravemente contra garantías fundamentales. ; Introducción 3 Contexto del Problema 3 Descripción del Problema 3 Pregunta de Investigación 4 Justificación de la Investigación 4 Objetivos de la Investigación 4 Objetivo General 4 Objetivos Específicos 5 Metodología de la Investigación 5 Capítulo I Estructura Dogmática del Instituto de los Preacuerdos en el Sistema Penal Acusatorio Colombiano 5 Derecho comparado y tendencias nacionales 5 Antecedente Nacional 9 Principios del sistema acusatorio desarrollados en la justicia premial 11 Capítulo II Modalidades de control judicial a los preacuerdos y las negociaciones en el Sistema Penal Acusatorio Colombiano13 Aspectos Generales 13 Capítulo III El control judicial a los preacuerdos y las negociaciones según la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal Colombiana 15 Corriente que prohíbe cualquier tipo de control material en la acusación y los preacuerdos o negociaciones 15 Corriente que acepta un control material más o menos amplio a la acusación y los preacuerdos o negociaciones 18 Corriente que acepta un control material pero excepcional a la acusación y los preacuerdos o ...
Relation: Asencio, J. (1991). Principio acusatorio y derecho de defensa en el proceso penal. Madrid: Trivium.; Beccaria, C. (2015). Tratado de los delitos y de las penas,. Madrid: Universidad Carlos III de Madrid. Obtenido de https://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/20199/tratado_beccaria_hd32_2015.pdf; Congreso de Colombia. Ley 600. (2000). Ley 600. Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal. 24 de julio del 2000. D.O. No. 44.097. Obtenido de https://oig.cepal.org/sites/default/files/2000_col_ley600.pdf; Congreso de la República de Colombia. (2002). Acto Legislativo No.03, Por el cual se reforma la Constitución Nacional de 1991, 19 de diciembre de 2002. Obtenido de https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma_pdf.php?i=6679; Congreso de la República de Colombia. (2002). Decreto 1500 de 2002 [con fuerza de ley]. Por el cual se ordena la publicación del Proyecto de Acto Legislativo, “por el cual se modifican los artículos 174, 178, 182, 184, 186, 234, 235, 250 y 251 de la Constitución Política”. 19 de julio de 2002. D.O.; Corte Constitucional. Sala Plena. Sentencia 479. (2019). Proceso SU479, M.P. Gloria Stella Ortiz Delgado; 15 de octubre de 2019. Obtenido de https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2019/SU479-19.htm; Corte Constitucional. Sala Plena. Sentencia C-516. (2007). Sentencia C-516, M.P. Jaime Córdoba Triviño; 11 de julio de 2007. Obtenido de https://www.corteconstitucional.gov.co/Relatoria/2007/C-516-07.htm; Corte Constitucional. Sentencia C-1260. (2005). Sentencia C-1260, M.P. Clara Inés Vargas Hernández; 05 de diciembre de 2005. Obtenido de https://www.corteconstitucional.gov.co/Relatoria/2005/C-1260-05.htm; Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Proceso No. 41.375. (2013). Proceso No. 41.375, 14 de agosto de 2013, M.P. José Luis Barceló Camacho. Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal, Proceso No. 26.087. (2007). Proceso No. 26.087, M.P. Marina Pulido De Barón; 28 de febrero de 2007. Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal, Proceso No. 29.979. (2008). Obtenido de https://cortesuprema.gov.co/corte/wp-content/uploads/relatorias/pe/spa/ACEPTACION%20DE%20CARGOS%20Y%20PREACUERDOS/FUERZA%20VINCULANTE/29979(27-10-08).doc.; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 42.452. (2014). Proceso No. 42.452, M.P. Patricia Salazar Cuéllar, 01 de octubre de 2014 . Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. (2015). Proceso No. 43.436, M.P. Dra. Patricia Salazar Cuéllar; 28 de octubre de 2015 . Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 17.186. (2008). Proceso No. 17.186, M.P. Julio Enrique Socha Salamanca; 23 de enero de 2008 . Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xht; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 21.954. (2005). Proceso No 21954, M.P. Jorge Luis Quintero Milanés; 23 de agosto de 2005. Obtenido de http://www.cortesuprema.gov.co/corte/index.php/tesauro-spa/; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 24.531. (2006). Proceso No. 24.531, M. P. Sigifredo Espinosa Pérez; 04 de mayo de 2006 . Obtenido de http://www.cortesuprema.gov.co/corte/index.php/tesauro-spa/; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 25.300. (2006). Proceso No. 25.300, M.P. Sigifredo Espinosa Pérez; 23 de mayo de 2006 . Obtenido de http://www.cortesuprema.gov.co/corte/index.php/tesauro-spa/; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 25.300. (2006). Proceso No. 25.300, M.P. Sigifredo Espinosa Pérez; 23 de mayo de 2006. . Obtenido de http://www.cortesuprema.gov.co/corte/index.php/tesauro-spa/; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 25.724. (2006). Proceso No. 25.724, M.P. Álvaro Orlando Pérez Pinzón; 19 de octubre de 2006,. Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 27.759. (2007). Proceso No. 27.759, M.P. Alfredo Gómez Quintero; 12 de septiembre de 2007 . Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 29.994. (2008). Proceso No. 29.994, M.P. José Leonidas Bustos Martínez; 15 de julio de 2008. Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 31.280. (2009). Proceso No. 31.280, M.P. Julio Enrique Socha Salamanca; 08 de julio de 2009. Obtenido de http://www.cortesuprema.gov.co/corte/index.php/tesauro-spa/; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 38.256. (2012). Proceso No. 38.256, M.P.José Luis Barceló Camacho; 21 de marzo de 2012. Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 39.831. (2017). Proceso No. 39.831, M.P. José Francisco Acuña Vizcaya; 27 de septiembre de 2017 . Obtenido de http://www.cortesuprema.gov.co/corte/index.php/tesauro-spa/; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 39.886. (2013). Proceso No. 39.886, M.P. José Leonidas Bustos Martínez; 16 de octubre de 2013. Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 39.892. (2013). Proceso No. 39.892, M.P. José Luis Barceló Camacho; 06 de febrero de 2013. Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 40.871. (2014). Proceso No. 40.871, M.P. José Leonidas Bustos Martínez; 16 de julio de 2014 . Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 41.570. (2013). Proceso No. 41.570, M.P. Fernando Alberto Castro Caballero; 20 de noviembre de 2013. Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 42.184. (s.f.). Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 42.184. (2014). Proceso No. 42.184, M.P. Gustavo Enrique Malo Fernández; 15 de octubre de 2014 . Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 45.495. (2017). Proceso No. 45.495, 28 de junio de 2017, M.P. Patricia Salazar Cuéllar, . Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 45.594. (2016). Proceso No. 45.594, M.P. José Francisco Acuña Vizcaya; 05 de octubre de 2016. Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No. 52.227. (2020). Proceso No. 52.227, M.P. Patricia Salazar Cuéllar. 24 de junio de 2020. Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No.37.951. (2013). Proceso No. 37.951, M.P. José Luis Barceló Camacho; 19 de junio de 2013. Obtenido de http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml; Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Radicado No. 29.979. (2008). Radicado No.29.979 del CS De J Cas; 27 de oct de 2008.; De Diego Diez, L. (1999). Justicia criminal consensuada. Algunos Modelos del derecho comparado en EE.UU., Italia y Portugal. Valencia: Tirant Lo Blanch.; Ferrajoli, L. (1995). Derecho y Razón. Teoría del garantismo penal. Madrid: Trotta.; Ferrajoli, L. (2001). Derecho y razón. Teoría del garantismo penal. Madrid: Trotta.; Ferrajoli, L. (2004). Derechos y garantías. La ley del más débil. Madrid: Trotta.; Fiscalía General de la Nación. Directiva 01. (2015). Por medio de la cual se explica la naturaleza, se establecen los alcances y se fijan límites sobre el contenido de las directivas. 3 de diciembre de 2015. Obtenido de https://www.fiscalia.gov.co/colombia/wp-content/uploads/2015-DIR-0001-NATURALEZA-Y-ALCANCE-DIRECTIVAS-1.pdf; Fiscalía General de la Nación. Directiva 01. (2018). Por medio de la cual se adoptan lineamientos generales para imputar o preacordar circunstancias de menor punibilidad contenidas en el artículo 56 del Código Penal. 23 de julio de 2018. Obtenido de https://www.fiscalia.gov.co/colombia/wp-content/uploads/2018-DIRECTIVA-0001-PREACORDAR-CIRC; Ley 906. (2004). Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal. Artículo 351. 1 de septiembre de 2004. D.O. 45.658. Obtenido de https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma_pdf.php?i=14787; Montero, J. (1999). Sobre la imparcialidad del juez y la incompatibilidad de funciones procesales. Valencia: Tirant Lo Blanch.; Sandoval, J. (2018). La garantía criminal en materia penal y penal internacional. Valencia: Tirant lo Blanch.; Schünemann, B. (2002). Temas actuales y permanentes del derecho penal después del milenio. Madrid: Tecnos.; United States Supreme Court. Santobello v. Nueva York. (1971). Case of Santobello v. Nueva York. No. 70-98. Argued November 15 - Decided December 20, 1971. Obtenido de https://tile.loc.gov/storage-services/service/ll/usrep/usrep404/usrep404257/usrep404257.pdf; http://hdl.handle.net/10654/41358; instname:Universidad Militar Nueva Granada; reponame:Repositorio Institucional Universidad Militar Nueva Granada; repourl:https://repository.unimilitar.edu.co
No Comments.